Qué cambia
Desde el 5 de octubre de 2026, el documento de control del transporte público de mercancías por carretera dentro de España (incluido el cabotaje) y la hoja de ruta del transporte público de viajeros tienen que ser electrónicos.
Lo marca la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible (disposición transitoria octava). En papel deja de valer, y no hay un periodo extra sin sanciones: el día 5 ya tiene que estar en digital.